¿Puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena?

Beatriz Nicolas Muñoz, asesor de autónomos. Publicado el | Actualizado el


¿Puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena?

Hay algunos que pueden con todo, que no llegan a fin de mes con un solo empleo o que quieren perseguir su sueño sin dejarlo todo. Es entonces cuando acudís a nuestra asesoría para autónomos con la pregunta clave: ¿Puedo ser autónomo y trabajar por cuenta ajena?”. 

Si estás en una empresa y te ha surgido la oportunidad de emprender, tranquilo, no tienes por qué renunciar a tu antiguo empleo. En España, ser trabajador por cuenta ajena y propia al mismo tiempo es legal, siempre y cuando cumplas con las obligaciones que estipula la Seguridad Social. 

Es lo que se conoce como pluriactividad y de lo que vamos a hablar en este post, de manera entendible, sencilla y amena. Aunque, si necesitas más información al respecto, no dudes en solicitar nuestro asesoramiento de alta de autónomos.

Diferencia entre trabajador por cuenta ajena y autónomo

Antes de poder desarrollar el concepto de pluriactividad en profundidad, es importante hacer un breve repaso sobre la diferencia entre un trabajador por cuenta ajena y un autónomo:

¿Qué es trabajar por cuenta ajena?

En primer lugar, ¿qué es un trabajador por cuenta ajena? Éste es tu caso si estás prestando servicios a una empresa u organización bajo la dirección de un empleador que, a cambio, te ofrece un salario fijo. 

Como asalariado, deberás haber firmado un contrato en el que se especifican tus condiciones laborales: tu nómina, tu jornada, tus descansos, tus vacaciones, etc. Asimismo, debes estar contratado, al menos, una hora a la semana. 

Si eres trabajador por cuenta ajena, dependes al 100% de tu empleador, por lo que es él el que debe disponer los medios para llevar a cabo tu trabajo.

Al ser asalariado, no participas ni en los riesgos ni en los beneficios de la empresa.

¿Qué es trabajar por cuenta propia?

Entonces, ¿qué un trabajador por cuenta propia? Eres autónomo cuando realizas tu actividad profesional sin estar sujeto a un contrato de trabajo. Por lo general, posees responsabilidad ilimitada, es decir, no hay distinción entre tu patrimonio personal y el de tu negocio. 

Para comprender mejor la figura del autónomo te recomendamos visitar nuestro artículo sobre los diferentes tipos de autónomos para que estés más claro sobre esta figura jurídica.

puedo ser autonomo y trabajar por cuenta ajena

¿Qué es la Pluriactividad?

Ya hemos dicho que es compatible ser trabajador por cuenta ajena y por cuenta propia al mismo tiempo. Esta condición se denomina pluriactividad.

La pluriactividad conlleva, como asalariado, cotizar en el Régimen General y en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos). Aunque debes tener en consideración que en cada uno cotizarás de manera independiente.

¿Pluriactividad o pluriempleo?

Por cierto, no confundas pluriactividad con pluriempleo, porque éste último se refiere a cuando un trabajador por cuenta ajena presta servicio a varios empresarios, pero siempre en el mismo régimen económico.

¿Qué ventajas tengo por acogerme a la pluriactividad?

Si optas por la pluriactividad, debes saber que tendrás ciertos beneficios:

  • Aumentarás tus ingresos, ya que estarás compatibilizando tanto tu actividad por cuenta propia como por cuenta ajena
  • Te ahorrarás la cotización por contingencias comunes como autónomo, puesto que éstas están recogidas en tu contrato de asalariado. Algo que ya hemos explicado en nuestro post sobre el pago de la cuota de autónomos.
  • Si decides abonar las contingencias por ambos regímenes, recibirás prestaciones de incapacidad temporal por los dos lados
  • Puedes obtener la tarifa plana u otras bonificaciones.
  • Podrías recibir dos pensiones de jubilación.

¿Qué me interesa más?: Reducción de la base de cotización o tarifa plana

Ahora, pasemos a hablar sobre las dos maneras de ahorrarte dinero como autónomo y trabajador por cuenta ajena. Y es que quizás tengas que plantearte si prefieres reducir tu base de cotización o pagar la tarifa plana para evitar un exceso de cotización. 

Hay que aclarar que la bonificación no es compatible con esta última. Aunque si tienes acceso a la tarifa plana podrás escoger la que más te interesa. 

Únicamente tienen ventajas fiscales aquellos que, por primera vez, se hacen autónomos.

trabajador por cuenta propia y ajena

Reducción de la base de cotización

Según la Ley de Emprendedores:

  • Durante tus primeros 18 meses:
    • Tendrás una reducción del 75% si tienes una jornada completa o superior al 50%. 
    • Si tu jornada no supera el 50%, tendrás una disminución del 50%.
  • Desde los 18 meses hasta los 36:
    • Si tu jornada ocupa más de 50%, se te reducirá un 85% la base de cotización.
    • En caso contrario, y es menor o igual al 50%, la reducción será del 75%.

Tarifa plana

Así es cómo funcionaría la tarifa plana si optases por ella:

  • Primer año: 60 euros
  • Medio año siguiente, hasta los 18 meses: 137,05 euros
  • Medio año posterior: 191,87 euros
  • Si eres una mujer menor de 35 años de edad o un varón menor de 30, durante el año siguiente pagarías 191,87 euros.

¿Cuál será mi pensión?

La pluriactividad te permite recibir dos pensiones, tanto como autónomo como asalariado, si cumples los requerimientos de ambos regímenes de manera individual. 

En caso de que no siguieras las condiciones para ello en alguno, no perderías las cotizaciones efectuadas, sino que se acumularán en el régimen en el que efectúe la pensión.

Si quieres jubilarte como autónomo, puedes continuar trabajando por cuenta ajena percibiendo el 50% de la pensión como trabajador por cuenta propia. Cuando finalice tu contrato de asalariado, cobrarás la totalidad de tu pensión de jubilación.


Por lo general, el trabajador por cuenta propia y ajena tiene poco tiempo que dedicarle al papeleo y gestiones administrativas. Por ello, te recomendamos encontrar una asesoría fiscal y tributaria que te eche un cable, para que puedas con todo.

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