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¿Se puede compatibilizar el paro y ser autónomo?

Beatriz Nicolas Muñoz, asesor de autónomos. Publicado el | Actualizado el


¿Se puede compatibilizar el paro y ser autónomo?
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Por raro que pueda sonar, se puede cobrar la prestación por desempleo y darte de alta como autónomo. Sin duda, esta posibilidad resulta francamente favorecedora durante las primeras etapas de un negocio. Si bien esta idea antes era una simple fábula, en los últimos años, han surgido medidas de ayuda al emprendimiento que la han convertido en una realidad. Y, en este post, vamos a desgranar las claves sobre compatibilizar paro y autónomo.

¿Se puede compatibilizar el cobro del paro y autónomo?

Tal y como hemos adelantado ya, sí, ambas opciones son compatibles. Concretamente, lo son desde el año 2015.

Esta iniciativa buscaba, por un lado, incentivar el trabajo autónomo y, por otro, evitar la economía sumergida.

¿Por qué compatibilizar derecho a paro y autónomo?

La compatibilización de la ayuda por desempleo con el arranque de una actividad por cuenta propia permite aprovechar el tiempo de paro de cara a tu proyecto emprendedor.

Es decir, los primeros beneficios de un autónomo pueden ser notablemente inferiores a la cuantía de esta prestación.

Digamos que el paro te asegura unos ingresos iniciales mínimos.

Requisitos

No obstante, para compatibilizar paro y autónomo, has de cumplir unas condiciones:

  • Haber cesado de manera total y definitiva el empleo por cuenta ajena
  • Constituirse como trabajador por cuenta propia.
  • Recibir la prestación por desempleo contributivo.

También se aplica a los socios de Sociedades Laborales o de Cooperativas de Trabajo Asociado de nueva creación, siempre y cuando estén incluidos en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

autonomo sentado frente a ordenador portátil

Límites a la compatibilidad de la prestación de desempleo y ser autónomo

No podrás compatibilizar la ayuda por desempleo con tu actividad por cuenta propia en los siguientes casos:

  • Si has obtenido el pago único o capitalización del paro en los dos años anteriores al comienzo de tu nueva actividad.
  • Si tu último empleo ha sido por cuenta propia.
  • Si ya has disfrutado de esta medida en los dos últimos años.
  • Si causas alta como autónomo para ser socio de una Sociedad Mercantil.
  • Si te das de alta como trabajador por cuenta propia y firmas un contrato con el empleador que te despidió (o con un negocio de su grupo empresarial).

Con respecto a este último punto, te aconsejamos informarte sobre la figura del falso autónomo, bien por ti mismo o bien contactando con una asesoría laboral.

¿Cómo compatibilizar paro y autónomo?

La Seguridad Social proporciona tres opciones diferentes a los autónomos para administrar el paro percibido como trabajadores por cuenta ajena:

Compatibilizar el cobro mensual de la prestación con el alta de autónomo

De manera mensual, el autónomo recibe su ayuda de desempleo mientras arranca su actividad económica y profesional. El plazo máximo de la prestación por desempleo, en este caso, será de 270 días.

En otras palabras, podrás cobrar el paro durante los primeros 9 meses como trabajador por cuenta propia. Pero, para ello, tendrás que notificar la compatibilización, como mucho, hasta 15 días después del inicio de tu negocio.

¿Qué pasa si te das de baja antes de finalizar estos 9 meses? No te preocupes, que podrás seguir disfrutando de esta ayuda.

La compatibilización del paro y el trabajo autónomo puede suponer un desafío, pero también puede ser una oportunidad para iniciar tu negocio. En nuestra página principal, encontrarás recursos y servicios proporcionados por nuestra asesoría autónomos online, diseñados específicamente para ayudarte a comprender las condiciones y los beneficios de esta compatibilización. Descubre cómo podemos guiarte en los trámites, las obligaciones legales y las mejores prácticas para gestionar tu tiempo y recursos mientras disfrutas de los beneficios del paro y desarrollas tu actividad como autónomo.

Solicitar el pago único de toda la prestación a la que se tiene derecho (la capitalización del paro como alternativa)

Otra opción es la capitalización del paro para conseguir un capital mayor y hacer tus primeras inversiones en tu negocio.

Es decir, cobrar el total de la cuantía de la ayuda pero, en lugar de en mensualidades, en un único pago.

autonomo mirando portátil

Para poder capitalizar el paro, debes:

  • Tener, como mínimo, seis mensualidades de la prestación pendientes de cobro.
  • Comenzar la actividad en el plazo máximo de un mes.
  • No haber recibido el pago único en los últimos cuatro años (en ninguna de sus modalidades).

Asimismo, la capitalización del paro ha de estar justificada por el inicio de una actividad como autónomo.

Suspender la prestación por desempleo

Por último, puedes suspender el cobro del paro de manera temporal, con la posibilidad de volver a pedirlo si tu negocio por cuenta propia no resulta exitoso (sin pérdida del importe). Para solicitar esta suspensión, debes darte de alta como autónomo. Para ello, debes ir antes a tu oficina de empleo y avisar de esta intención.

¿Qué ocurre si tu actividad no va bien? Que podrás reanudar la ayuda por desempleo siempre que lleves menos de 60 meses como trabajador por cuenta propia.

El plazo para solicitar esta reanudación es de 15 días tras la baja en el RETA.

¿Dónde solicitar la compatibilización del paro y autónomo?

Debes pedirla en tu oficina de empleo, así como darte de alta en el RETA y en la Seguridad Social. Estos trámites se pueden hacerse de forma telemática, aportando:

  • Solicitud de compatibilización
  • Solicitud de reanudación
  • Modelos 036 y 037 para el alta en Hacienda
  • Alta de autónomo de la Seguridad Social

Siendo sinceros, estos formularios son complicados. Es normal que te surjan dudas completándolos. Así que lo mejor es contactar con una gestoría online para particulares, para que ésta se encargue de presentar toda la documentación. Te ahorrarás errores, sustos, errores o el incumplimiento de plazos.

Reanudar la prestación por desempleo tras ser autónomo

Como hemos dicho, en caso de que te dieras de baja antes de cumplir 270 días como autónomo, podrías continuar recibiendo la ayuda del SEPE. Si, por el contrario, pasara este tiempo, tu paro quedaría congelado, aunque no lo perderías. Es decir, se reanudaría cuando te dieras de baja del RETA. Eso sí, sólo si lo haces en un margen de cinco años.

Conclusión

Ahora conoces cómo compatibilizar paro y autónomo, además de las diferentes maneras que hay de hacerlo. Recuerda que, para acompañarte desde el arranque de tu actividad, cuentas con nuestra asesoría para autónomos. Te echaremos una mano en cuestiones fiscales, contables y laborales.

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